Sentencia del TJUE de 15 de mayo de 2025 – Asunto C-623/23
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia clave en materia de igualdad de trato entre hombres y mujeres en el ámbito de la Seguridad Social. En su resolución del 15 de mayo de 2025, el TJUE declara que el complemento por brecha de género previsto en el artículo 60.1 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), vigente desde el 4 de febrero de 2021, vulnera el Derecho de la Unión al establecer un trato desigual por razón de sexo.
Contenido y fundamento de la sentencia
El complemento por brecha de género fue diseñado para compensar el impacto negativo que la maternidad tiene en las carreras profesionales y, por ende, en las pensiones. Sin embargo, el TJUE considera que el diseño actual del artículo 60.1 LGSS incurre en una discriminación directa por razón de sexo, ya que:
• Concede automáticamente el complemento a las mujeres con hijos.
• Impone a los hombres requisitos adicionales, como acreditar que su carrera profesional se vio interrumpida o afectada por el nacimiento o adopción de sus hijos.
El tribunal concluye que esta diferencia de trato no está objetivamente justificada y contraviene la Directiva 79/7/CEE sobre igualdad de trato en materia de Seguridad Social, así como la Carta de los Derechos Fundamentales de la UE
Consecuencias jurídicas inmediatas
1. Reclamaciones individuales: Los hombres que se hayan jubilado desde el 4 de febrero de 2021 y tengan al menos un hijo podrán reclamar el complemento en igualdad de condiciones que las mujeres. Esto incluye: • El reconocimiento del complemento mensual (35,90 €/mes por hijo).
• El abono de atrasos desde la fecha de jubilación.
2. Conflictos entre progenitores: La sentencia también cuestiona el criterio actual que otorga el complemento al progenitor con pensión más baja. Si ambos progenitores lo solicitan, los tribunales nacionales deberán determinar si procede mantener el derecho previamente reconocido a la madre o redistribuirlo.
3. Revisión legislativa: El TJUE insta al legislador español a modificar el artículo 60.1 LGSS para garantizar un acceso al complemento basado en criterios neutros desde el punto de vista del género
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