La futura regularización extraordinaria prevista para 2026 está generando numerosas dudas, especialmente en relación con el requisito de permanencia en España.En un primer momento, se entendía que era necesario haber permanecido al menos cinco meses en España antes del 31 de diciembre de 2025. Bajo esa interpretación, muchas personas que llegaron durante 2025 quedaban automáticamente excluidas.Sin embargo, las interpretaciones jurídicas más recientes están matizando este criterio.
El enfoque que actualmente se considera más sólido es el siguiente: será necesario encontrarse en España antes del 31 de diciembre de 2025 y acreditar una permanencia mínima de cinco meses antes de presentar la solicitud, cuyo plazo finalizará el 30 de junio de 2026.
Esto supone una diferencia muy relevante. Los cinco meses no deben haberse cumplido antes del 31 de diciembre de 2025, sino antes del momento en que se presente la solicitud dentro del plazo habilitado. En la práctica, esto amplía el margen para muchas personas que inicialmente pensaban que no podrían acogerse a la regularización.
Especial relevancia para solicitantes de asilo
Otro aspecto importante es que los solicitantes de protección internacional podrían acogerse a esta regularización, siempre que cumplan los requisitos de presencia y permanencia.
Esto puede resultar especialmente útil para quienes tengan su solicitud denegada, se encuentren en recurso o deseen optar por una vía alternativa más estable de residencia.
En muchos casos, la regularización puede convertirse en una solución más eficaz que continuar con un procedimiento de asilo con escasas probabilidades de estimación.
La importancia del empadronamiento
Uno de los elementos más determinantes será la correcta acreditación de la permanencia en España.
El empadronamiento será una pieza clave. Estar empadronado no solo acredita domicilio, sino que puede servir como prueba esencial de presencia continuada en territorio español. Cuanto antes se formalice el empadronamiento, mayor seguridad jurídica existirá a la hora de demostrar los meses exigidos.
La falta de empadronamiento o los periodos sin cobertura documental pueden generar dificultades probatorias e incluso inadmisiones.
Por ello, no se trata únicamente de cumplir el requisito temporal, sino de poder demostrarlo adecuadamente ante la Administración.
Asesoramiento jurídico en regularización
La correcta planificación del expediente será fundamental. Una interpretación errónea del requisito de permanencia o una deficiente acreditación documental puede suponer la pérdida de una oportunidad excepcional de regularización.
En LEGAL 7 ABOGADOS tramitamos procedimientos de regularización en toda España, analizando cada caso de forma individualizada para garantizar que se cumplan los requisitos legales y se prepare correctamente la documentación.
Si te encuentras en situación irregular o eres solicitante de asilo y deseas valorar esta vía, es recomendable estudiar tu caso antes de que finalice el plazo el 30 de junio de 2026.


